Nuevos obligados a facturar electrónicamente en Ecuador

Nuevos obligados a facturar electrónicamente en Ecuador

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La Facturación Electrónica en Ecuador sigue avanzando gracias a los resultados favorables que viene demostrando desde que se comenzara a utilizar en el país. En esta oportunidad, desde junio hay nuevos obligados a emitir comprobantes electrónicos.

Mediante la Resolución NAC-DGERCGC18-00000431, el Servicio de Rentas Internas (SRI), ente tributario de Ecuador, ha dispuesto un calendario de obligatoriedad de Facturación Electrónica en el país. Cabe remarcar que esta norma ha venido a reemplazar a la NAC-DGERCGC18-00000191.

Puntualmente, estarán obligados a facturar electrónicamente desde el primero de junio de 2021 aquellos que integren el grupo 4 en dicha resolución, específicamente “las personas naturales y sociedades, no contempladas en los grupos anteriores, en transacciones con el Estado por montos iguales o superiores a USD 1.000,00 dólares (mil dólares de los Estados Unidos de América), emitirán por cada transacción un comprobante electrónico”, según expresa la mencionada Resolución.

¿Cuáles son los grupos mencionados anteriormente a los que se alude? Según el cronograma publicado en la norma, son los siguientes:

  • Grupo 1 (a partir del 1/1/2019): A) Quienes realicen actividades de comercialización de vehículos nuevos de transporte terrestre, incluidas motocicletas. B) Las personas naturales y sociedades que realicen actividades de venta de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos y biocombustibles.
  • Grupo 2 (a partir del 1/6/2019): A) Los importadores -personas naturales y sociedades- que realicen actividades de venta local de los productos que importan. B) Las personas naturales y las sociedades cuyos ingresos por ventas al Estado del ejercicio fiscal anterior sean iguales o superiores a USD 100.000,00 (cien mil dólares de los Estados Unidos de América).
  • Grupo 3 (a partir del 1/1/2020): A) Quienes realicen actividad de comercialización de maquinaria pesada y de equipo camionero nuevo o usado, cuya venta responda o no a una actividad habitual. B) Las personas naturales y sociedades que realicen actividades de venta al por mayor y menor de gas licuado de petróleo.

Como vemos, esta modalidad de facturación va ganando terreno y abarca cada vez más rubros del comercio. Es tal el crecimiento que, hasta el 7 de julio del 2021, ya se habían emitido en Ecuador 10.899’975.329 comprobantes electrónicos. Este dato, según el SRI, lleva asociado el haber evitado que aproximadamente 1.416.997 árboles fueran talados en los bosques ecuatorianos para el papel que hubieran requerido esas facturas si no fueran digitales.

 

👉Puedes acceder a la NAC-DGERCGC18-00000431 haciendo click aquí.

👉Puedes acceder a la NAC-DGERCGC18-00000191 haciendo click aquí.

 

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