Cuáles son las condiciones para facturar electrónicamente en Costa Rica

Cuáles son las condiciones para facturar electrónicamente en Costa Rica

Tiempo de lectura: 3 minutos 📖

 

La Facturación Electrónica es un sistema que tiene millones de adeptos en América Latina, que ya disfrutan de los múltiples beneficios que ofrece a los usuarios, tanto desde el lado del emisor, como de quien está recibiendo los comprobantes electrónicos.

En Costa Rica, por iniciativa de las autoridades que notaron las ventajas que otorga, este sistema ya se está utilizando, y adherirse a él sólo requiere de algunas pocas condiciones que deben cumplirse para poder ser habilitado por el ente tributario.

Para estar en sintonía con lo que exige el Ministerio de Hacienda y poder comenzar a emitir comprobantes electrónicos en el país, los comerciantes costarricenses deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • Si es No Contribuyente, primero debe registrarse como contribuyente ante la Dirección General de Tributación, en el sitio web Administración Tributaria Virtual.
  • Si ya es Contribuyente, debe actualizar sus datos en el Registro Único Tributario y registrarse como emisor-receptor de comprobantes electrónicos en el Apartado XII “Método de Facturación”.
  • Se debe disponer de un sistema apto para la emisión y recepción, según los requerimientos enlistados en el Decreto N° 41820-H del 19/06/2019 y la Resolución N° DGT-R-033-2019 del 20/06/2019. Se puede optar por cualquiera de las siguientes opciones descritas por Hacienda en su sitio web:
    • “Desarrollo propio
    • Software de mercado
    • Desarrollo a la medida o tercerización
    • Sistemas gratuitos para la emisión de comprobantes electrónicos en sitios Web
    • Herramienta gratuita de emisión de comprobantes electrónicos del Ministerio de Hacienda”
  • Se debe generar, obligatoriamente, usuario y contraseña en Administración Tributaria Virtual.
  • Contar con un mecanismo de seguridad para la firma de los documentos electrónicos:
    • Firma Digital.
    • Llave Criptográfica.

Tal como podemos observar en la lista previa, las condiciones impuestas por el Ministerio de Hacienda no son complicadas de cumplir, por lo que, todo aquel que desee migrar a este sistema, no debería tener mayores dificultades para poder hacerlo.

Por Pablo Ortiz.

 

Compartir:

Más Posts

¿Qué opinas de este tema?