DIAN implementa nuevas medidas para generar facturas electrónicas en Colombia

La emisión de facturas electrónicas este 2025 dio un giro muy interesante, que hará que este proceso sea más rápido y satisfactorio para los compradores. Conoce los cambios y prepárate para aplicarlos a tu negocio

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Desde hace varios años, Colombia ha venido dando pasos firmes hacia la transformación digital de su sistema tributario. Uno de los cambios ha sido precisamente con la Facturación Electrónica.

Su adopción ha sido progresiva y ha permitido que su proceso sea más rápido, seguro y transparente para todos.

Esta herramienta no solo reemplaza el papel por documentos digitales, si no que permite una mejor trazabilidad, disminuye los costos administrativos y facilita el control del negocio para el contribuyente, pues ahora conoce cómo se mueve el mismo en tiempo real.

¿La factura ahora es obligatoria para todos?

Sí, es obligatoria para la mayoría de los contribuyentes en el país.

Pero ¿quiénes están obligados a facturar?

  1. Personas jurídicas → que enajenen bienes o servicios.
  2. Personas naturales → que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 Unidades de Valor Tributario (UVT).
  3. Personas naturales diferentes de minoristas, artesanos, agricultores y ganaderos → con ingresos inferiores a 3.500 UVT, pero que tienen más de un establecimiento de comercio, explotan intangibles, o tienen consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT.
  4. Contribuyentes que optaron por el Régimen Simple de Tributación (RST).

Aunque la obligatoriedad comenzó a implementarse en 2019 para ciertos contribuyentes, fue en 2020 cuando ampliaron para diversos sectores y contribuyentes, estableciendo nuevos calendarios, y a partir del Decreto 358 de 2020, se especifica que toda factura debe ser validada por la Administración Tributaria o por un proveedor autorizado.

A esto se sumó la Resolución 000042 de 2020, donde se detalla que la factura electrónica es un requisito esencial como soporte para la procedencia de impuestos contables, costos o gastos deducibles.

Esta resolución marcó un antes y un después en el cumplimiento tributario, dejando claro que sin factura no hay respaldo válido ante la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Finalmente, en su Concepto Unificado de Facturación Electrónica de 2022, la DIAN reafirma que la obligatoriedad de facturar electrónicamente aplica tanto a personas naturales como jurídicas, sin importar si son grandes empresas o pequeños contribuyentes, siempre y cuando cumplan con ciertos criterios establecidos de acuerdo con la normativa tributaria.

Volviendo al presente, la Resolución 000202 de 2025, llega este mes para agilizar aún más proceso de facturación.  ↓

¿Qué cambia a partir de abril?

La DIAN dio un paso importante hacia la simplificación de la Facturación Electrónica que promete no solo hacer el proceso más ágil, también más segura la experiencia de facturar tanto para los negocios como para los consumidores.

¿La gran novedad?

Ahora tu negocio, a partir de la segunda semana de abril, podrá emitir la factura electrónica usando únicamente el tipo y número de documento del comprador, es decir, su cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o NIT.

Este cambio lo explica la DIAN en su comunicado, donde el Director General, Luis Eduardo Llinás, resalta lo siguiente:

“La implementación de este servicio no solo refleja el compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria y la optimización de los procesos, sino que, además, responde a la necesidad de eliminar obstáculos que han sido identificados al momento de la expedición de la facturación electrónica, como la solicitud excesiva de información adicional y retrasos innecesarios” apunta.

Hasta ahora, para generar una factura electrónica, era necesario pedir varios datos a tu cliente: nombre completo, teléfono, dirección o RUT; y, muchas veces, esto se traducía en demoras, envíos de datos sensibles para otros usos –como envío de publicidad u otros fines comerciales-, lo que generaba una inseguridad por la entrega de datos personales.

Con la nueva disposición, esto se quedará en el pasado.

Blog DIAN Colombia FE 002

La Administración Tributaria de Colombia, permitirá a su vez consultar los demás datos del cliente (como el nombre o razón social) y su correo electrónico.

Pero, ten cuidado, ya que solo se pedirá si el comprador o tu cliente desea recibir su factura por ese medio.

En caso de no aceptar, se deberá entregar la representación gráfica de la factura de forma impresa sin exigir información adicional.

Y, si tu empresa es prestadora de servicio público domiciliario, puedes seguir utilizando el documento equivalente al recibo de servicios públicos domiciliarios electrónico, siempre que cumplan con los requisitos técnicos y legales establecidos.

Además, si durante la facturación en sitio se presentan inconvenientes tecnológicos —algo común en regiones con baja conectividad—, los contribuyentes podrán acogerse a lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución 000165 de 2023, que regula la facturación electrónica en contingencia.

Esto mantiene la continuidad del servicio sin incumplir la normativa, aun cuando no se pueda emitir la factura electrónica en tiempo real.

Este tipo de medidas garantizan una implementación más realista y accesible para quienes prestan servicios esenciales en zonas apartadas.

Esta funcionalidad está disponible para quienes usan el Servicio Gratuito de Facturación de la DIAN y también en softwares como eDoc Pyme, que, en el caso de que seas una EDS u otro tipo de contribuyente, puedes adquirir, para que emitas tus facturas con total practicidad.

Por esto, contar con un proveedor tecnológico confiable es crucial, para ayudarte a integrar esta nueva funcionalidad en tu sistema de facturación digital.

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Nuestro equipo se encarga de que la transición sea fácil, segura y en tiempo real. Además, te asesoramos en todo el proceso de adaptación para que cumplas con lo exigido por la DIAN sin contratiempos.

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Con eDoc, además puedes emitir, recibir y almacenar facturas electrónicas de manera centralizada, es decir tú puedes gestionarlo en un solo lugar.

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¿Lo mejor?

Ya podrás disfrutar de llevar el control de tu contabilidad sin retrasos y de brindar a tus clientes una experiencia muy enriquecedora de compra.

Cuando eres digital, claro que se nota.

Escrito por: Catalina Bonnet

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